En aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, y atendiendo a su artículo 2º, donde se modifica la Ley 32/2006 de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, y por lo tanto, el art. 24 del Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción en lo referido a la desaparición del contrato fijo de obra y su sustitución por el contrato indefinido adscrito a obra, en el artículo 16 bis del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción y Obras Públicas de la Autonomía de Madrid, se establece que la finalización de una obra deberá ser puesta en conocimiento de la representación legal de las personas trabajadores, en su caso, así como de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Construcción y Obras Públicas de Madrid.
Esta comunicación, que exige la reforma laboral, se debe realizar con cinco días de antelación a su efectividad, y para ello se ha habilitado el siguiente formulario, cuyos campos debe cumplimentar y adjuntar el documento de comunicación de finalización de obra.
Una vez completado el formulario, recibirá un mail de confirmación, con acuse de recibo.